La Ley de Nueva Jersey Contra la Discriminación prohibe ciertos tipos de discriminación (el “tratamiento diferencial”) de empleados por parte de su empleador o patron. Es importante entender que la ley no prohibe a un empleador de simplemente tratar a algunos empleados diferentes de lo que tratan a otros empleados. Discriminación es únicamente prohibido cuándo el tratamiento diferencial es basada sobre ciertos factores tales como la raza, el origen nacional, la religión, el género, la edad, o una incapacidad. Por ejemplo algunos empleados son pagados sueldos por horas diferentes a otros empleados. Aunque esto es “tratamiento diferencial”, no es necesariamente ilegal, porque es basado sobre factores legales tales como el cargo, la longitud del servicio, los requisitos educativos, etc. Solo es ilegal si el sueldo diferente es basado en un factor ilegal tal como la carrera, el origen nacional, el género, etc.

Si usted cree que usted ha sido sujeto al el tratamiento diferencial ilegal por su empleador, usted debe consultar su guía de empleado (o cualquier cartel en el lugar del trabajo). Este le enseñarara el procedimiento para informar su querella. Es importante seguir el procedimiento apropiado por tres razones: 1) si usted no sigue el procedimiento adecuado, su empleador puede utilizar esto como una defensa contra usted por hacer un reclamo; 2) en la mayoría de los casos, su empleador es requerido por sus propias reglas a realizar una investigación apropiada y completa y si este fracasa en hacerlo usted probablemente puede reforzar su reclamo; 3) usted obtendrá proteccion adicional “de alguna venganza” por archivar una querella, la Ley de Nueva Jersey Contra la Discriminación prohibe también a empleadores de vengarse contra los que se quejan acerca de la discriminación ilegal, a pesar de que la querella no sea aprobada. Si usted tiene alguna pregunta acerca del procedimiento apropiado para reportar una discriminación ilegal a su empleador, usted debe contactar a su representante de la union o la ofi cina del personal, o su abogado.