1) La Ley de Compensación de Trabajadores requiere a trabajadores heridos avisar al empleador de la herida o de la condición profesional que usted tiene como resultado de trabajo. Si usted trabaja para un casino, nosotros le sugerimos que usted le diga a su supervisor de la herida y cómo sucedió. Si usted es dolido o agolpeado en el trabajo y usted necesita el tratamiento médico, usted debe preguntarle a su empleador para el cuidado y el tratamiento médicos. Sugerimos que usted le informa de la herida o el golpe a su supervisor y pida ver la enfermeria o el medico de la compania.

2) Para su protección, anota en un papel el tiempo del accidente, cómo sucedió, y a quien usted lo informó del accidente.

3) Muchos empleadores le pediran que usted complete un informe del accidente. Si usted no es capaz de contestar el informe del accidente en inglés, escribe la información hacia la parte abajo en español. Pida que su supervisor traduzca. Si su supervisor no puede hacerlo o se niega hacerlo, contacte la Administración del Riesgo y expliquele cómo sucedió el accidente y pregunte por tratamiento médico.

4) Si su empleador no autoriza el cuidado y el tratamiento médicos, usted debe contactar a un abogado. Usted puede utilizar su plan medico privado de su empleador; sin embargo, el plan médico no cubre los pagos relaccionados con un golpe o herida relacionadas con el trabajo ha menos que haya una negación de parte del empleador que diga que la condición o herida es relacionada a su trabajo. Sugerimos que usted contacta a un abogado. Usted debe buscar a un abogado que sea Certifi cado en Leyes De Compensación de Trabajadores/ Laboral. Nuestra fi rma HA SIDO CERTIFICADO como Abogados de Compensación de Trabajadores/Laborales.

5) En Nueva Jersey la responsabilidad para el cuidado y la atención médicos es siempre la responsabilidad del empleador. Por lo tanto, ellos son obligado ha obtener y escoger el médico. Usted no puede ir a un médico de su elección para el tratamiento medico y esperar que la compania de compensación de trabajadores o el empleador paga por el tratamiento, a menos que ellos hayan concordado los medicos en el avance o por adelantado. La mayoría de los empleadores tienen su propio Seguro de Compensación de Trabajadores porque ellos tienen por obligacion y por ley tener seguro de compensacion. Todas Compañías de seguros de la Compensación de Trabajadores utilizaran su propios médicos que ellos escogeran. Las compañías de seguros generalmente les mandarán a un médico que ellos hayan empleado o utilizado antes. Aunque usted sea el paciente; el doctor o medico siempre le informara a la compañía de seguros. El trabajo del medico o doctor es tratarle y que usted se recupere para que regrese al trabajo tan pronto como sea posible.

6) Usted tiene derecho a la incapacidad temporaria en la tasa de 70% de su promedio de el sueldo semanal. Si usted es incapacitado totalmente en una base temporaria, usted tiene que estar fuera del trabajo por ocho días consecutivo usted tiene que estar bajo el cuidado del tratamiento medico autorizado y el médico tiene que indicar que usted no es capaz de hacer el deber ligero o adecuadamente. Es importante cerciorarse que usted puede comunicarse con el médico que le esta tratando y digale al médico de que consiste el esfuerzo del trabajo. Si usted va al médico y usted no habla inglés, trae por favor, alguien con usted que puede interpretar para usted. Es muy importante para su caso que el medico tenga los hechos verdaderos de su herida o golpe y de la condición suya y no los hechos de la compañía de seguros.

7) Si el médico apoya que usted regrese al trabajo, y usted no puede hacer el trabajo, usted puede solicitar Incapacidad del Estado de Nueva Jersey. Un medico tiene que confi rmar y indicar en escrito que usted es incapacitado totalmente, el Estado de Nueva Jersey le pagará hasta 26 semanas basadas sobre un documento que certifi ca de su propio médico que usted es incapaz de trabajar. Ese pago llega a ser una obligacio o gravamen contra cualquier recuperación que usted recibe de parte de compensación del trabajadores y tiene que ser reembolsados al Estado de Nueva Jersey.

8) Cuándo usted haya completado y terminado su cuidado y la atención médica, nosotros le mandaremos a un médico para una evaluación para determinar si usted tiene una incapacidad funcional, parcial y permanente como resultado de la herida o la condición profesional que usted sostuvo en el trabajo. El propósito de la evaluación es determinar el porcentaje de la incapacidad basada sobre la severidad de su herida y cómo le afecto en el trabajo y en vida diaria. La compañía de seguros igualmente le mandará para una evaluación, SOLO SI usted ha archivado una petición formal del reclamo para benefi cios. Esto lo Haremos por usted.

9) Una vez que usted haya sido evaluado por nuestro médico y el médico de la compañía de seguros, el próximo paso es una conferencia antes el Juez de Compensación de Trabajadores. Eso sucederá generalmente dentro de cinco meses del expediente del Reclamo de la Compensación de Trabajadores en el Estado de Nueva Jersey. En la conferencia, el Juez revisará los registros médicos de los medicos con quien se trato y los informes de la evaluación para ambos Usted, como el peticionario, y el médico de la compañía de seguros. El Juez le preguntará a los abogados su opinión en cuanto a la herida y el valor del reclamo. Después, el Juez hara una recomendación para el arreglo o completara una forma para un pre- juicio y sera escuchado en la corte.

10) Si el Juez del Tribunal de Compensación de Trabajadores hace una recome- Si el Juez del Tribunal de Compensación de Trabajadores hace una recomendación, nosotros le comunicaremos por escrito en inglés y en español. Después nos citamos con usted y con nuestro personal, quien es bilingüe y revisamos los informes, las evaluacion y la oferta con usted. Si usted acepta la recomendación del Juez del Tribunal, el caso es escuchado antes el Juez Tribunal y usted testifi ca con respecto a su incapacidad funcional. Si el caso no se puede resolver o si usted rechaza la recomendación del resolvimiento entonces su caso es escuchado despues delante del mismo Juez que pre aprobó el caso e hizo la recomendación. No hay jurado en un reclamo de la compensación de trabajadores. El Juez escuchara toda la evidencia, inclusive su testimonio, y cualquier evidencia que sea introducida para su benefi cio. Los registros médicos se presentaran como evidencia y después el médico testifi cará o su informe se ofrecerá en evidencia. Una vez que el Juez escuche toda la evidencias de ambos lados, la de usted y de su empleador, el Juez tomará una decisión. Esa decisión se basará en los hechos del caso. Si el Juez hace un hallazgo que la herida surgió fuera del curso del empleo y que haya una incapacidad funcional, parcial y permanente, él le concederá la incapacidad funcional, parcial y permanente por manera de un porcentaje de la incapacidad. Ese porcentaje de la incapacidad se traduce a benefi cios semanales Que la compañía de seguros se obliga a pagarle. Esos benefi cios no se pagan en una cantidad global; ellos son pagados de la última fecha de su incapacidad temporaria por la fecha del juicio en una cantidad global en la tasa que el Juez diga por la semana. Por ejemplo, si el Juez le ordena recibir 15% de la incapacidad funcional, parcial y permanente, para una herida a su espalda, usted recibiría 90 semanas de benefi cios para seis semanas para cada punto porcentual. Por el año 2005, ésos benefi cian de tasas empiezan ha $178 por semana si su salario semanal es más que $254.28 por semana. Es pagado a usted de la última fecha de la incapacidad temporaria hasta la fecha del Juicio. Por ejemplo, si un año ha pasado desde la última fecha de la incapacidad temporaria usted sera pagado 52 semanas en $178,00 para una herida en 2005, el equilibrio será pagado a usted en la tasa de cuatro semanas todos los meses hasta que el caso sea cerrado por ese empleador.

11) A fi nal de su caso, el Juez completa una formulario ?un Juramento? . Si su caso se resuelve por manera de una Orden que Aprueba el Arreglo, (donde usted acepta la recomendación del Juez o un Juicio para la incapacidad funcional, parcial y permanente (donde usted aprueba el caso) y el Juez hace los hallazgos de la incapacidad. Usted tiene hasta un período de dos (2) año después de la última fecha de benefi cios pagados a usted donde usted puede aplicar para re-abrir su caso. Usted solo puede volver abrir su caso si su herida se ha empeorado materialmente. Esto debe ser confi rmado por un médico que pueda darnos esto en escrito. Esto es conocido como sus derechos de re-abridor.

12) Algunos casos son hechos si el casos son compensables. El juez puede recomendar una Sección 20 que es el despido por medio de un Juicio para una cantidad global. Usted no tendrá derechos de re-abrir su caso, ni podra re-abrir su caso para tratamiento medico. Su caso es cerrado por esa condicion con su empleador.

13) Es muy importante que usted entienda que ningún abogado puede cobrar honorarios en un caso de compensación de trabajadores por adelantado o en avance. El Juez pondrá los honorarios. El honorario no puede ser más alto que 20% del premio o el resolvimiento. Si un caso es resuelto por la manera de una Orden que Aprueba el Arreglo (donde usted acepta la sugerencia del arreglo por el Tribunal para un porcentaje de la incapacidad) o un Juicio de la incapacidad funcional, parcial y permanente donde usted aprueba el caso y el Juez toma una decisión basada en el testimonio, el Tribunal le otorgará un honorario de arriba a 20% y dividirá ese honorario entre usted y la compañía de seguros. En una sección 20, el honorario de 20% es pagado de su premio sin cualquier contribución por el portador. El Juez permitirá que los gastos sean descontados de su premio para honorarios médicos, para los informes médicos, y para interpretar los honorarios. Si el caso es tratado a una conclusión sin un arreglo, el Juez descontará el costo del testimonio de doctor de su premio.